La entidad ejerce una actividad obligada pero no comunica los datos. Es una situación de incumplimiento del RD 933/2021 con riesgo sancionador conforme a la LO 4/2015 (hasta 30.000 € en casos graves). Debe darse de alta en SES.HOSPEDAJES y empezar a comunicar los datos exigidos en plazo, conservando los registros tres años y con encaje en el RGPD.
Lo que tendrías que tener resuelto
Darse de alta como sujeto obligado en la sede del Ministerio del Interior, disponer de un sistema que recoja los datos exigidos (identidad y transacción) y comunique cada parte telemáticamente en plazo, conservando los registros tres años.
Documentar la base de obligación legal, informar a los viajeros, recoger solo los datos exigidos, no retener fotocopias de documentos más de lo necesario e incluir esta actividad en el Registro de Actividades del Tratamiento.
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Resultado orientativo según tus respuestas, con base en Registro de Viajeros (RD 933/2021) — Árbol de aplicabilidad y obligaciones (1.0.0). No sustituye al asesoramiento jurídico profesional. Puedes guardar o compartir el enlace de esta página: contiene tu resultado.