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Sectores regulados · Registro de viajeros
TE APLICA

La entidad ejerce una actividad obligada pero no comunica los datos. Es una situación de incumplimiento del RD 933/2021 con riesgo sancionador conforme a la LO 4/2015 (hasta 30.000 € en casos graves). Debe darse de alta en SES.HOSPEDAJES y empezar a comunicar los datos exigidos en plazo, conservando los registros tres años y con encaje en el RGPD.

Lo que tendrías que tener resuelto

Alta en SES.HOSPEDAJES y comunicación telemática en plazo RD 933/2021 · Arts. 3-5 (alta y comunicación) critical

Darse de alta como sujeto obligado en la sede del Ministerio del Interior, disponer de un sistema que recoja los datos exigidos (identidad y transacción) y comunique cada parte telemáticamente en plazo, conservando los registros tres años.

Licitud, minimización y registro de la actividad (RGPD) RGPD Art. 6.1.c y Art. 30 high

Documentar la base de obligación legal, informar a los viajeros, recoger solo los datos exigidos, no retener fotocopias de documentos más de lo necesario e incluir esta actividad en el Registro de Actividades del Tratamiento.

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