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Protección de datos y privacidad · Protección de datos (RGPD)
Pregunta 4 de ~6
¿La entidad requiere designar Delegado de Protección de Datos (DPO)?
El Art. 37 RGPD y el Art. 34 LOPDGDD obligan a designar DPO en casos específicos: autoridades y organismos públicos, entidades cuya actividad principal sea observación sistemática a gran escala, o tratamiento a gran escala de datos del Art. 9 o de condenas penales. Adicionalmente, el Art. 34 LOPDGDD enumera 16 supuestos en los que es obligatorio (colegios profesionales, entidades financieras, operadores de telecomunicaciones, sanidad, etc.).
Sí — somos uno de los supuestos del Art. 37 RGPD o del Art. 34 LOPDGDD
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No es obligatorio pero hemos designado DPO voluntariamente
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No — no aplica ninguno de los supuestos legales
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