Empresa obligada que no tiene plan de igualdad. Debe constituir la comisión negociadora, elaborar el diagnóstico con auditoría retributiva, negociar y aprobar el plan e inscribirlo en el REGCON. Es la situación de mayor riesgo: la ausencia de plan obligatorio es infracción y puede impedir el acceso a ayudas y a la contratación pública.
Lo que tendrías que tener resuelto
Constituir una comisión negociadora paritaria con la representación legal de las personas trabajadoras, promoviendo la composición equilibrada y la formación en igualdad, negociar de buena fe y levantar acta de cada reunión.
Elaborar el diagnóstico negociado, con datos desagregados por sexo de todos los puestos y centros, abarcando las materias mínimas (selección, clasificación, formación, promoción, condiciones, corresponsabilidad, retribuciones y prevención del acoso) e incluyendo la auditoría retributiva del RD 902/2020.
Redactar el plan con objetivos, medidas, calendario, recursos y sistema de seguimiento; aprobarlo con la comisión e inscribirlo obligatoriamente en el REGCON. La vigencia no puede superar los cuatro años.
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