Saltar al contenido

Canal de denuncias interno: qué es, quién está obligado y cómo debe ser

La Ley 2/2023 obliga a muchas empresas a tener un canal interno de información. Te explicamos, sin jerga, si te aplica y cómo debe ser para estar bien hecho.

LECTURA · 6 MIN

¿Qué es el canal de denuncias?

Es una vía interna para que cualquier persona vinculada a la organización pueda informar de posibles infracciones —laborales, penales o del Derecho de la Unión— con la garantía de que no sufrirá represalias por hacerlo. La regula la Ley 2/2023, que traspone la directiva europea de protección del informante.

¿Quién está obligado?

Con carácter general, las empresas de 50 o más personas trabajadoras. También con independencia del tamaño en ciertos ámbitos (por ejemplo, entidades sujetas a normativa de prevención del blanqueo o de servicios financieros) y en el sector público. Si tu plantilla ronda ese umbral, conviene revisarlo caso a caso, porque el cómputo tiene matices.

¿Cómo tiene que ser para estar bien hecho?

No basta con un buzón de correo. La norma exige, entre otras cosas:

  • Permitir la comunicación escrita y verbal, y de forma confidencial (incluida la opción anónima).
  • Un responsable del sistema designado que gestione las comunicaciones con diligencia.
  • Acuse de recibo en un plazo breve y respuesta en un plazo máximo desde la recepción.
  • Un registro de las informaciones recibidas y su tratamiento, respetando la protección de datos.
  • Garantía real de indemnidad: prohibición de represalias contra quien informa de buena fe.

¿Qué pasa si no lo tengo?

La ausencia del canal, o su funcionamiento defectuoso, puede acarrear sanciones administrativas que, en los casos más graves, alcanzan importes elevados para la empresa y para sus responsables. Más allá de la multa, un canal mal gestionado deja sin cauce seguro a quien detecta un problema —justo lo contrario de lo que se busca.

Cómo lo resuelve AIM ÆGIS

La plataforma incluye un canal público por organización con código de seguimiento, categorías con responsable designado, registro también de comunicaciones verbales y su expediente con pista de auditoría. Si quieres ver si tu empresa está obligada, el diagnóstico gratuito te lo dice en dos minutos, con la base legal delante.

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuántos empleados es obligatorio el canal de denuncias?

Con carácter general, a partir de 50 personas trabajadoras. También aplica con independencia del tamaño en ciertos sectores (como entidades sujetas a prevención del blanqueo o servicios financieros) y en el sector público.

¿El canal de denuncias tiene que permitir el anonimato?

Debe permitir la comunicación confidencial, y contemplar la posibilidad de informar de forma anónima. Además de la vía escrita, tiene que admitir comunicación verbal.

¿Quién gestiona el canal de denuncias?

La empresa debe designar a un responsable del sistema que gestione las comunicaciones con diligencia e imparcialidad, garantizando la confidencialidad y la ausencia de represalias contra quien informa de buena fe.

¿Qué sanciones hay por no tener canal de denuncias?

No disponer del canal, o gestionarlo de forma defectuosa, puede acarrear sanciones administrativas que en los casos graves alcanzan importes elevados para la empresa y sus responsables.

TAMBIÉN PARA TU SECTOR
Administración de fincasHostelería
SIGUE LEYENDO
Registro de jornada: la obligación que afecta a casi todas las empresas Registro retributivo: qué es y por qué tu empresa probablemente ya lo necesita RGPD para pymes: lo mínimo que tienes que tener en regla